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Chile necesita Facilitadores de la Comunicación o Intérpretes en Lengua de Señas Chilena ACCESIBLES, NO MIMOS.

Como se puede observar, en Chile muchas personas que ofician como Facilitadores de la Comunicación o Intérpretes en Lengua de Señas Chilena no cumplen con los requisitos mínimos de ACCESIBILIDAD para que los usuarios sordos puedan tener un real ACCESO a la información y al contenido del mensaje que se quiere entregar.
Lo anterior se fundamenta en el hecho de que la mayoría recurre a la mímica, “arte y técnica de imitar, representar acciones o expresarse por medio de gestos, ademanes y movimientos faciales y corporales”, lo que es inadecuado por cuanto las Personas Sordas manejan o dominan técnicas individuales o combinadas de lenguaje  oral, lengua de señas, expresión facial y corporal, lo que requiere necesariamente del uso de todas esas técnicas para que así la información sea realmente ACCESIBLE, inclusiva para todos, y no sólo que pueda ser comprendida por un pequeño grupo, en desmedro del resto.
Esto significa que las personas que actualmente ejercen esta labor deben capacitarse, perfeccionarse y ser mejores cada día para facilitar la comunicación de las Personas Sordas, pues es un hecho de que NO HAY COMUNICACIÓN NI COMPRENSION REAL DEL MENSAJE cuando sólo se mueven las manos, se hacen ademanes o gestos.
Las Personas Sordas necesitan verdaderos profesionales que manejen todas las técnicas de comunicación y entreguen un mensaje comprensible para todos Y NO MIMOS.

¡Mimos y mudos NO SIRVEN ..................................... Esto si sirve.

Ley de Discapacidad reformada y actualizada sigue siendo LETRA MUERTA.

No es ningún secreto, los entendidos lo saben, los propios discapacitados lo experimentan a diario. La Ley de Discapacidad en Chile, reformada y actuaizada, sigue siendo LETRA MUERTA. Existen demasiados vacíos legales, resquicios, falta de complementación, vicios de procedimiento, desconocimiento, ignorancia e indolencia entre los diferentes cuerpos legales, que se estorban entre sí y terminan desvirtuando completamente los objetivos y contenidos de la Ley de Discapacidad.

La inoperancia de los servicios públicos, Ministerio de Desarrollo Social, Servicio Nacional de la Discapacidad, Tribunales de Justicia y servicios de apoyo jurídico en relación a la discapacidad es realmente penosa e indignante.

Un ejemplo: La Ley de Discapacidad establece que cualquier persona con discapacidad que vea vulnerados sus derechos, por cualquier tipo de discriminación, exclusión, omisión o agresión, puede poner una denuncia en el Juzgado de Policía Local respectivo. Sin embargo estos juzgados están totalmente saturados con diferentes tipos de causas, sus funcionarios no están capacitados ni especializados en el tema discapacidad, el trato deja mucho que desear, con cero empatía y deferencia hacia la persona con discapacidad, lo que también se observa por parte del magistrado, tratando el caso como uno más, poniendo mil inconvenientes y barreras, además de resolver que la víctima denunciante deba realizar consultas o pesquisas que derechamente corresponden a Investigaciones, Carabineros o los propios Juzgados. Cuando se hace ver lo absurdo que resulta todo, la respuesta es “Vaya a Senadis para que le den asesoría jurídica”.

El Servicio Nacional de la Discapacidad, tampoco se entrega un trato digno, la burocracia y tramitación es larga y desesperante. Al final a uno lo derivan donde un abogado, que generalmente termina explicando que el caso no reúne las condiciones para ser considerado y apoyado por Senadis, que se requiere presentar los elementos de prueba, muy difíciles de conseguir, que no vale la pena seguir adelante o, por último, que pruebe suerte presentando el caso a otro servicio o bajo otra denominación porque por la Ley de Discapacidad tiene cero posibilidad.

En resumen, una burla y una total pérdida de tiempo, donde nadie responde por el daño emergente y moral, los perjuicios ocasionados, el tiempo y recursos gastados.

La Ley de Discapacidad es un fraude total y su articulado una gama que bien puede catalogarse de publicidad engañosa.

Para hacer todo más macabro y aberrante, los abogados reconocen que la única alternativa de éxito mínimo son pruebas irrefutables e indesmentibles, como lesiones graves, lo que significa que una persona con discapacidad debe dejarse llevar como una oveja al matadero y recibir una golpiza, con serio riesgo de su integridad física y mental, además de su vida. Panorama digno del Teatro del Absurdo, de Eugene Ionesco, o El Proceso, de Franz Kafka.

Cuánto más tendremos que esperar las personas con discapacidad a que se cumpla realmente el espíritu de la ley y que se le siga mintiendo a todos y a todo el mundo, incluida a las Naciones Unidas, que Chile “cumple” con los diferentes convenios internacionales contra todas las formas de exclusión y discriminación contra las personas con discapacidad, lo que en la práctica es mentira?

Desde el año 1994 a la fecha, todos los gobiernos de turno se dedican a ser más autocomplacientes y condescendientes en el tema, a través del Ministerio de Desarrollo Social y del Servicio Nacional de la Discapacidad, realizando reuniones, seminarios, charlas, muestras y actividades similares totalmente improductivas, mostrando una realidad o cifras inexistentes, dignas de un mundo paralelo, y asumiendo actitudes y posiciones abiertamente excluyentes y discriminatorias hacia los verdaderos representantes de las organizaciones de personas con discapacidad, situación de la que tampoco se salva el Congreso Nacional y el Poder Judicial, a pesar de que digan lo contrario.

¡Legislación y justicia digna y de calidad accesible y garantizada para las personas con discapacidad ahora y nada sobre nosotros sin nosotros!

Consideraciones acerca de la Convención sobre Derechos de Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas

Con la ratificación del Congreso Nacional de la Convención sobre Derechos de Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, quedando en condiciones de ser promulgada por la Presidenta de la República, se ha producido un verdadero revuelo mediático por parte de los encargados del Sector Discapacidad del Estado de Chile y un grupo de los involucrados, que no han escatimado esfuerzos para realizar charlas, seminarios, informativos, declaraciones públicas, etc., ensalzando y destacando las supuestas bondades de este logro, como si ello fuera la solución definitiva a todos los problemas que deben enfrentar las Personas con Discapacidad en Chile.
Lo que no se dice es que el Estado de Chile es suscriptor y garante de los siguientes tratados y convenios internacionales:

  • Declaración Universal de los Derechos Humanos
  • Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre
  • Pacto Internacional de los Derechos Económico, Sociales y Culturales
  • Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos
  • Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza
  • Convención Americana sobre Derechos Humanos, Pacto de San José de Costa Rica
  • Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos
  • Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer
  • Convención sobre los Derechos del Niño

Todos estos tratados incluyen normas aplicables a las Personas con Discapacidad, lo mismo que la Constitución Política de Chile y diversas normas legales vigentes, que, lamentable e inexplicablemente, NO SE APLICAN NI CUMPLEN por quienes tienen la obligación constitucional, legal, ética y moral de hacerlo.
Por lo anterior, resulta bastante fuera de lugar tanta parafernalia para destacar un nuevo Convenio Internacional sin que se tenga la certeza de que realmente se aplique, cumpla y respete en la práctica. 
Lo que si es pertinente destacar es que si el Estado de Chile respetara, aplicara y cumpliera todos esos acuerdos, y las disposiciones de la Constitución Política y las leyes vigentes, la situación de las Personas con Discapacidad sería otra, con una plena integración, pleno ejercicio de sus derechos ciudadanos, igualdad de condiciones y oportunidades en todos los ámbitos de la sociedad, no discriminación y una legislación fuerte y efectiva.
También es pertinente hacer la siguiente pregunta ¿Por qué el Estado de Chile debe esperar que se apruebe una Convención o Tratado Internacional, o se le exija mediante un fallo legal, para proceder como es su obligación hacerlo, cuando con suficiente voluntad política es posible avanzar y efectuar los cambios que se requieren sin tener que recurrir a la “Ley del Garrote”?

Ministerio de Educación "no puede" acreditar competencias profesionales de Docentes Sordos de Lengua de Señas Chilena, pero no tiene ningún problema en fomentar y promover la "acreditación" de Intérpretes Oyentes, utilizando para ello a los mismos profesionales sordos que "no puede" acreditar.

Históricamente, por más de 30 años, el Ministerio de Educación de Chile se ha negado sistemáticamente a analizar y entregar una solución concreta al vacío legal existente en relación al ejercicio de docencia de Lengua de Señas Chilena, amparándose en el respetable argumento de que no tiene las atribuciones legales para ello.

Si bien lo anterior es un argumento válido, no se considera el hecho de que en Chile existe el mercado informal de la capacitación y perfeccionamiento docente, como también clases a profesionales y comunidad en general en Lengua de Señas Chilena y Cultura Sorda que no se encuentra normado ni reconocido, lo que permite la proliferación de cursos dictados por personas carentes de la idoneidad necesaria o sin conocimientos para el ejercicio de la profesión, lo que se traduce en cursos de dudosa calidad y sin las exigencias mínimas que debe existir para ello, siendo responsabilidad del ente rector de la educación chilena, en este caso el Ministerio de Educación, preocuparse de establecer una normativa clara con mecanismos de acreditación que garanticen una educación de calidad.

Los Docentes Sordos y sus representantes, en reiteradas oportunidades, le han planteado y propuesto al Ministerio de Educación la formación de una Comisión Acreditadora que establezca las condiciones para evaluar y acreditar a los Docentes Sordos de Lengua de Señas Chilena, creando así una base para el ejercicio legal de la profesión, encontrándose siempre con la respuesta negativa del Ministerio, que da como única alternativa que los Docentes Sordos estudien una carrera conducente al título de Profesor de Educación General Básica, Media o Educación Diferencial, en circunstancias que ello no es la solución ya que no acredita la condición de Docente de Lengua de Señas Chilena.

El argumento esgrimido por los Docentes Sordos de Lengua de Señas Chilena fue planteado a diversos Académicos, que nos dan la razón y hacen ver lo errado del enfoque del Ministerio de Educación, por cuanto lo que se busca es acreditar las competencias profesionales para el ejercicio de la Docencia de Lengua de Señas Chilena lo que no es posible obtener a través de un título de Profesor de Enseñanza Básica, Media o Educación Diferencial.

ProSordos Chile siempre ha sostenido que el Ministerio de Educación debe proceder a la creación de una Mesa de Trabajo conformada por Docentes Sordos de Lengua de Señas Chilena de la más amplia trayectoria y experiencia profesional, que todos sabemos quiénes son, para crear conjuntamente una normativa que permita la evaluación, acreditación y regulación del ejercicio de esta profesión, terminando de una vez por todas con la informalidad que permite a cualquier persona, sorda u oyente que "mueva las manos", ofrecer y dictar cursos, siendo que ello no es suficiente, de la misma manera que el sólo hecho de saber una serie de palabras en inglés no significa que la persona esté habilitada para ejercer como profesor de idiomas.

El Ministerio de Educación, para dificultar más las cosas, sugiere "convencer" a una Universidad para que creen la Carrera de Lengua de Señas Chilena y así poder cumplir nuestros anhelos, pero no tiene en cuenta que no existiendo Docentes de Lengua de Señas Chilena acreditados legalmente para ejercer como tales, sería totalmente imposible conformar una plantilla docente para ello, volviendo nuevamente al punto de partida: la imperiosa necesidad de establecer mecanismos de evaluación y acreditación para los Docentes Sordos de Lengua de Señas Chilena con más de 20 años de trayectoria y experiencia profesional, que hacen de la docencia su profesión y no un hobby o fuente de ingreso temporal.

En nuestra última entrevista con la representante de la División de Educación Especial del Ministerio de Educación, ésta nos expresó su preocupación por la proliferación de personas no idóneas en el ejercicio de docencia e interpretación de Lengua de Señas Chilena, a lo que una vez más propusimos soluciones claras, haciendo ver la urgencia y necesidad de evaluar y acreditar a los Docentes Sordos como el primer paso para cualquier medida posterior relacionada con la Lengua de Señas Chilena, ya que mientras no existiera acreditación ni reconocimiento cualquier acto que se realice carece de toda validez legal. Una vez más recibimos la famosa respuesta: "No podemos hacer nada porque no tenemos atribuciones para ello".

El mes de abril recibimos una serie de consultas y reclamos en relación a que el Ministerio de Educación estaría acreditando a Intérpretes de Lengua de Señas Chilena. Como no se tenía ninguna noticia sobre el tema, decidimos investigar, pudiendo establecer que efectivamente el Ministerio de Educación, a través de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de Valparaíso, había procedido a evaluar y acreditar a un grupo de jóvenes como Intérpretes de Lengua de Señas Chilena, hecho en el cual también habían tenido participación una Universidad de la zona y el Servicio Nacional de la Discapacidad.

Ahondando más la investigación, pudimos establecer que los profesionales de la Secretaría Ministerial de Educación de Valparaíso a cargo del proceso carecían del conocimiento y exigencias técnico pedagógicas exigidas para estos procedimientos, ya que, al ser consultados específicamente sobre el tema, no pudieron responder con claridad. También fue posible establecer que la evaluación fue realizada por cuatro sordos, de los cuales sólo uno cuenta con la experiencia e idoneidad necesaria, y en cuanto a las exigencias del proceso de evaluación, se estableció que no se realizó la parte más importante, que es la piedra angular de toda evaluación para un Intérprete de Lengua de Señas Chilena, exposición a varias traducciones simultáneas en tiempo real con utilización de sistemas de audio.

Lo anterior constituye un fuerte llamado de atención al Ministerio de Educación ya que no es posible que, por un lado, argumente que "no puede hacer nada" para acreditar y regular el ejercicio de la docencia de Lengua de Señas Chilena, y que "exprese su preocupación" por la proliferación de personas no idóneas que ejercen como docentes o intérpretes, y por otro lado no tenga inconveniente en prestarse para promover y fomentar la "acreditación" de Intérpretes Oyentes, utilizando para ello a personas sordas no acreditadas y sin preocuparse de que se cumplan con todas las exigencias necesarias que garanticen intérpretes altamente calificados.

Cabe preguntarse hasta cuándo tendremos que seguir esperando que el Estado de Chile, a través del Ministerio de Educación, asuma y establezca una normativa reguladora para la acreditación y ejercicio de la Docencia de Lengua de Señas Chilena? 20 o 30 años más, cuando ya, muchos de los que estamos en esta lucha por más de 30 años, estaremos muertos?

Metro Regional de Valparaíso cuenta con tarifas especiales para discapacitados

Uno de los beneficios que entrega el Metro Regional Valparaíso, MERVAL, es una tarifa preferencial para Personas con Discapacidad, que implica una rebaja de 50% en el valor del pasaje en todos sus tramos, desde Valparaíso a Limache. Para obtener este beneficio se debe concurrir a la Estación Metro Viña del Mar, ubicada frente a Plaza Parroquia, presentar la Credencial de Discapacidad vigente y la Cédula de Identidad, además de cancelar un valor determinado. Los antecedentes e incorporación se procesarán en el mismo momento, entregándose en el acto la Tarjeta Discapacitado MERVAL, que debe ser cargada para poder ser utilizada en cada viaje y debe renovarse una vez al año.

Felicitaciones al Metro Regional de Valparaíso por ser uno de los primeros medios de transporte público en implementar este beneficio de alto contenido social mucho antes de que otros servicios similares, como el Biotren de Concepción, Metrotren Rancagua y Metro Santiago, que carece de ese beneficio, ya que solo es extensivo a los Adultos Mayores, ignorando, desconociendo o no teniendo presente que las realidades y necesidades socioeconómicas del sector Adulto Mayor y Discapacidad son muy similares y requieren de los mismos beneficios para así no privilegiar a un grupo social y excluir y discriminar a otro de similares características.

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